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::::::::: Derechos de las organizaciones de usuarios y usuarias :::::::::
• Obtener de los prestadores de servicios de radio y televisión, previa a su
difusión, información acerca de los programas e infocomerciales.

• Aplicar los mecanismos y condiciones para el ejercicio de la contraloría social de los medios. Dirigir solicitudes, quejas o reclamos a los prestadores de servicios de radio y televisión y exigir respuesta a los mismos en los términos que establece la ley.

• Promover y defender los derechos e intereses comunicacionales.

• Acceder a los registros que lleva CONATEL de los mensajes difundidos a través de los servicios de radio y televisión.

• Participar en el proceso de formulación, ejecución y evaluación de políticas públicas destinadas a la educación crítica de los usuarios y usuarias.

• Presentar proyectos sobre la educación para la percepción crítica de los mensajes o de investigación relacionada con la comunicación y difusión de mensajes a través de los servicios de radio y televisión.

• Acceder a espacios gratuitos de radio, televisión y difusión por suscripción.

• Promover espacios de diálogo e intercambio entre los prestadores de servicio de radio y televisión, el Estado y los usuarios y usuarias.

::::::::: Deberes de las organizaciones de usuarios y usuarias :::::::::

• Promover y defender sus intereses y derechos comunicacionales.

• Velar por el cumplimiento de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión.

• Promover la organización y creación de las organizaciones de usuarios y usuarias como instancia de participación.

• Cumplir con el principio de corresponsabilidad establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.