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Derechos de las organizaciones de usuarios
y usuarias ::::::::: |
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•
Obtener de los prestadores de servicios de radio
y televisión, previa a su
difusión, información acerca de
los programas e infocomerciales.
• Aplicar los mecanismos y condiciones para
el ejercicio de la contraloría social de
los medios. Dirigir solicitudes, quejas o reclamos
a los prestadores de servicios de radio y televisión
y exigir respuesta a los mismos en los términos
que establece la ley.
• Promover y defender los derechos e intereses
comunicacionales.
• Acceder a los registros que lleva CONATEL
de los mensajes difundidos a través de
los servicios de radio y televisión.
• Participar en el proceso de formulación,
ejecución y evaluación de políticas
públicas destinadas a la educación
crítica de los usuarios y usuarias.
• Presentar proyectos sobre la educación
para la percepción crítica de los
mensajes o de investigación relacionada
con la comunicación y difusión de
mensajes a través de los servicios de radio
y televisión.
• Acceder a espacios gratuitos de radio,
televisión y difusión por suscripción.
• Promover espacios de diálogo e
intercambio entre los prestadores de servicio
de radio y televisión, el Estado y los
usuarios y usuarias.
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Deberes de las organizaciones de usuarios
y usuarias :::::::::
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• Promover y defender sus intereses y derechos
comunicacionales.
• Velar por el cumplimiento de la Ley de
Responsabilidad Social en Radio y Televisión.
• Promover la organización y creación
de las organizaciones de usuarios y usuarias como
instancia de participación.
• Cumplir con el principio de corresponsabilidad
establecido en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela.
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